Recientemente el Gobierno español ha modificado la normativa relacionada con los horarios comerciales, en una tendencia creciente a su liberalización. Así, ha ampliado de 8 a 10 el número de festivos en que se puede abrir, deja libertad horaria a los establecimientos de hasta 300 m2 (antes era hasta 150 m2) y permite que los número de horas de apertura semanal de los grandes comercios pase de 72 a 90. Igualmente, en las grandes ciudades turísticas se deberá establecer áreas de horario completamente libre.
Ahora bien, la Generalitat de Catalunya ha hecho patente a través de la Direcció General de Comerç que las competencias en materia de horarios comerciales son suyas, y que por tanto estos cambios NO son de aplicación en Cataluña.
De hecho, diferentes asociaciones, ayuntamientos y empresas han recibido comunicaciones de la Direcció General de Comerç explicando que por su parte realizará durante los próximos días inspecciones para comprobar la adecuación de los establecimientos comerciales al cumplimiento de la normativa catalana vigente en materia de horarios comerciales. Y esta todavía fija:
Adjuntamos una muestra de las notificaciones extraída de la página web del Colegio Oficial de Joyeros, de Orfebres, de Relojeros y Gemólogos de Cataluña.
Fuente: Colegio Oficial de Joyeros, de Orfebres, de Relojeros y Gemólogos de Cataluña
Más información: Normativa de Comercio, Regulación Comercial